La Unidad Formuladora
La Unidad Formuladora es la que identifica las necesidades, dentro de su institución o de su ámbito de competencia y formula los Estudios de Preinversión. Es decir, es la oficina responsable de formular o de coordinar la formulación (en el caso que se contrate a consultores externos debido a la falta de formuladores o a lo altamente especializado del proyecto).
Es responsabilidad de la Unidad Formuladora, revisar y coordinar que la necesidad identificada, no esté considerada dentro de otro estudio de preinversión.
Se deberá tener en cuenta que las Unidades Formuladoras solamente pueden hacer proyectos que se encuentren en su nivel de competencia. Menciono este tema elemental debido a que es una causa frecuente de error. Esto se debe a que las instituciones no suelen tomar en cuenta este punto.
Con la finalidad de delimitar las funciones de las funciones de los sectores (Ministerios) el Anexo SNIP Nº 04, delimita claramente el nivel de competencias. Esto sirve para evitar superposición de funciones.
Sin embargo este mismo tema suele ser más difuso en los gobiernos regionales y locales. Por tanto para delimitar las funciones se debe acudir a la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales que en su artículo 47 de la Ley.
Asimismo la Ley de municipalidades en su Artículo 73 determina los niveles de competencia de las municipalidades.
Esto parece bastante abstracto, pero su uso práctico es:
En cuestiones de Defensa Nacional, nadie puede meter la mano excepto el Ministerio de Defensa.
En cuestiones de Operaciones Policiales nadie puede meter la mano excepto el Ministerio del Interior.
En saneamiento (agua y desagüe) solamente pueden formular proyectos las Municipalidades.