ya acabó su novela

¿Que no es un PIP?

Publicado: 2010-05-31

No todo es un Proyecto de Inversión Pública (PIP)

Hasta aquí hemos hablado de que es un PIP’s, sin embargo la Directiva del SNIP nos dice acerca de lo que no es un PIP lo siguiente:

“No son Proyectos de Inversión Pública las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento. Asimismo, tampoco constituye Proyecto de Inversión Pública aquella reposición de activos que: (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable; (ii) esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad; o (iii) no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios”.

Cuando se realice una inversión, será necesario verificar que esta no es parte de un PIP el cual se encuentra en ejecución y que aun no está ejecutado. Por ejemplo, una comisaria requiere una camioneta 4x4 adicional, deberá revisarse si el proyecto no ha considerado ya una camioneta el cual no se ejecutó por falta de recursos presupuestarios o debido a que la compra de este nuevo vehiculo fue considerado en el año 5 del proyecto.

Se considera los gastos de operación, los sueldos, suministros y todo aquello necesario el funcionamiento de las instituciones. Por ejemplo no es necesario hacer un PIP para poder pagar o incrementar el número de personal de alguna área o dependencia existente, así como para el pago de la luz o e agua.

Los gastos de mantenimiento, tales como el pintado del local, reparación de maquinarias u otros, tampoco constituye un PIP.

Tampoco se considera un PIP aquellas intervenciones nuevas que no impliquen creación, ampliación o modificación  de algún servicio. En este punto, la normatividad debería ser mas especifica, sin embargo un ejemplo claro de esto es la construcción de cercos perimétricos.

Un punto aparte respecto a la compra de activos es la reposición, es necesario precisar que es posible reponer los activos sin necesidad de realizar un PIP cuando no se amplía la capacidad de la provisión de servicios, esto quiere decir reponer un bien por otro de similares características y que cumpla las mismas funciones.

Por ejemplo es posible reponer una PC Pentium III con disco duro de 30Gb reemplazándola por una PC actual Core2Duo con un disco duro de 500Gb. Deberá tenerse en cuenta que por cuestiones obvias no es posible reemplazarla por una maquina de iguales características técnicas, sin embargo son similares y cumplirán la misma función. Esto mismo se aplica para impresoras, vehículos, etc.

Sin embargo no deberá usarse la figura de reposición de activos de una forma indebida, por ejemplo reponer un vehículo por otro no significa cambiar un auto Sedan por una camioneta 4x4, sino por otro sedan el cual deberá ser asignado a la misma unidad de origen del bien que se quiere reponer y el bien antiguo deberá ser dado de baja por la institución.


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Preinversión for dummies

Ese maldito SNIP...